REAS: MANEJO DE RESIDUOS DE ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE SALUD
- IBAÑEZ & MADRID INGENIEROS ASOCIADOS LIMITADA
- 25 ene 2018
- 1 Min. de lectura

Decreto N° 6 del 2009 del Ministerio de Salud, aprueba el Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de la Salud (REAS).

REGULACIÓN

El ministerio de Salud a través del DTO 6/2009 Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de la Salud (REAS), establece que "todo establecimiento que genere REAS deberá contar con al menos un área o sala de almacenamientos de residuos, deberá contar con autorización sanitaria y con un respectivo plan de operación”. También establece que todo establecimiento que genere más de 1 tonelada mensual de residuos especiales debe presentar un Plan de Manejo de REAS.
ESTADÍSTICA

La OMS calcula que del total de los residuos generados en un Establecimiento de Salud, aproximadamente el 85% son residuos asimilables a domiciliarios mientras que el 15% restante, correspondería a residuos que pueden ser considerados infecciosos, tóxicos o radioactivos. Si a esto se le agrega una inadecuada segregación de los residuos, este porcentaje podría llegar a aumentar a un 40%
DECRETO 43 del 10-03-2017 , MINISTERIO DE SALUD

Modifica al DTO 6/2009 del Ministerio de Salud en cuanto a la incorporación del Art. 6 bis, el cual especifica las condiciones bajo las cuales podrá ser entregada la placenta a mujeres que pasaron por proceso de parto.

En Asesoría Ambiental, contamos con profesionales calificados para guiarte o implementar protocolos y/o realizar la verificación de requisitos legales regulados por la Autoridad Sanitaria y Ambiental para evaluar el nivel de cumplimiento.
Te invitamos a consultar por nuestros servicios en contacto@asesoriaambiental.cl o en nuestro sitio web en www.asesoriaambiental.cl
Asesoría Ambiental es consultora de Poza, Ibañez & Madrid Ingenieros Asociados Limitada. Somos el aliado que tu empresa necesita.
